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    Home»Nacionales»Diferencias entre la Ley Laboral actual y la Reforma impulsada por Cambiemos
    Nacionales

    Diferencias entre la Ley Laboral actual y la Reforma impulsada por Cambiemos

    21 noviembre, 2017
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    Estas son las diferencias entre la Ley Laboral que rige por estos días y los puntos establecidos por la Ley impulsada por el Gobierno.

    El Proyecto de Reforma Laboral ingresó en la madrugada del sábado al Senado y será debatido la próxima semana.

    El texto entró a la 1.01 horas mediante expediente electrónico, por lo que su ingreso formal ocurrirá el martes cuando la Dirección de Mesa de Entradas de Proyectos de la Cámara Alta le otorgue su número de expediente. Comenzará a ser tratado en la semana en la Comisión de Trabajo y Previsión de la Cámara alta.

     

    Ley laboral argentina actualLo que el Gobierno de Cambiemos propone
    Jornada de trabajo de 8 horas según Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (vigente desde 1919).
     
    Jornada de trabajo de 10 horas. Nuevo estándar que retrocede 100 años en derecho laboral.
    La indemnización por despido sin causa incluye aguinaldo, horas extras, comisiones, premios, compensaciones de gastos e ítems no periódicos.
     
    Se eliminan esos ítems y no se liquida más sobre el bruto, sino sobre el básico. A mayor antigüedad, mayor desprotección.
    La hora extra se paga al 50% más en días laborables, y al doble si es en feriado o días de descanso.
     
    Se elimina la hora extra por el “banco de horas”. Si trabajas una hora más, se “devuelve” luego, a criterio del empleador.
    La patronal debe pagar las indemnizaciones directamente al trabajador. Debe pagar indemnizaciones extra si no registró el trabajador, y 3 sueldos de multa si no le entregare certificado de trabajo.
     
    Se crea el Fondo de Cese Laboral, una caja a la que el propio empleado aporta para pagar su despido cuando ocurra; y se eliminan indemnizaciones extra y multas.
    Protege al trabajador de una empresa tercerizada, porque hace solidariamente responsable a la principal en el caso de un despido.
     
    La empresa que terceriza no tendrá responsabilidad solidaria con la tercerizada. Si ésta es solvente, ¿a quién le reclama el empleado?
    Protege a todos los trabajadores por igual, aun a los no registrados, cuando se prueba el contrato de trabajo en condiciones impuestas por la patronal. 
    Se crean nuevos conceptos de empleados no dependientes, autónomos o pasantes, precarizando el medio ambiente y condiciones de trabajo en todos los sectores no alcanzados por convenios colectivos.
     
    Protege al trabajador cuando unilateralmente el patrón le cambia las condiciones de trabajo sin acuerdo previo o negociación.Permite la modificación unilateral de las condiciones de trabajo por el empleador, sin negociación o acuerdo previo con el empleado.
     
    Protege al trabajador, estableciendo que el contrato de trabajo NO ES un contrato entre iguales.Permite la renuncia a mejores condiciones laborales en acuerdos individuales, entendiendo el contrato de trabajo como realizado entre iguales.
     

     
    Fuente: Diario Perfil
    * Agradecemos al Secretario de la CGT local, Hernán Patronelli, por la información.

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