La Dirección de Bromatología informa a la población que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), según:
Disposición 6091/2022: Prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Tomate triturado, marca Olifaza, RNE N° 13005449, RNPA N° 13041297, Elaborado y Envasado por TUXEDO SRL, para JORGE FAUAZ, domicilio Depósito y Ventas, Curupayti 1557, Morón, Provincia de Buenos Aires”, y de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el registro sanitario RNPA N° 13041297, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Disposición 6092/2022: Prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Miel floral”, marca Establecimiento – Los Girasoles, 0% Azúcar, en cualquier presentación y con cualquier fecha de vencimiento, R.N.P.A: 04013520, Ruta Nac. N° 8 Km 614 Holmberg Córdoba Argentina, R.N.E: 04001369, y de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 04001369 y RNPA N° 04013520, por carecer de registros sanitarios y consignar un RNPA y un RNE inexistentes, resultando ser un producto ilegal.
Disposición 6093/2022: Prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Miel”, Cont. Neto 1 kg, Piedra Gaucha, Río Aluminé, Patagonia Argentina, RNE N° 15000299, RPPA N° 15002671, y de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 15000299, RPPA N° 15002671, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

