La Dirección de Bromatología informa a la población que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de los productos debajo mencionados.
Según Disposición 3887/2019:
– “Té Rooibos”, marca: Tea Blends for You,
– “Rooibos en Hebras” Producto Importado 50 g, marca: Bolsa Urban Tea,
– “Rooibos de Sudáfrica con trocitos de zanahoria y naranja, Carrot Tea”, marca: Urban Tea,
– “Rooibos en Hebras” Producto Importado 100g, Bolsa Urban Tea,
– “Té En Hebras Premium” – Blend Rooibos x 80g, marca: ZIRAN~JI – Rooibos Edasich,
– “Blendde Rooibos de Africa + Algas de La Patagonia”, marca: Argenvita
Según Disposición 3888/2019:
– “Leche Entera en Polvo”, Disolución Instantánea, Fortificado con Vitaminas D, A, marca Monte Aurora, RNPA N°21-100921, CG 21-75134, SENASA S-105900 – RNE N°21-005175, Industria Argentina, como asimismo todo producto con dicho RNE.
Los productos infringen el Código Alimentario Argentino debido a que carecen de autorizaciones de productos y de establecimientos, por estar falsamente rotulado y ser en consecuencia productos ilegales.
Informe Municipal de Prensa
