La Dirección de Inspección General, que depende de la Secretaria de Gobierno municipal, informa a la comunidad que de acuerdo la establecido en la Ley Nº 15.109, promulgada por Decreto 11/19, modificatoria del Art. 1 de la Ley 11825, publicada en el Boletín Oficial de fecha 15/01/2019 cuyo texto expresa:
Art. 1: Dispónese en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires la prohibición de venta, expendio o suministro minorista a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro minorista cualquier título a partir de las 21 horas y hasta las 10 horas. Dicha prohibición regirá desde las 23 horas hasta las 10 horas, entre el 1 de diciembre y el 30 de abril de cada año.
Informe Municipal de Prensa
