Desde la Municipalidad de Las Flores se recuerda a la comunidad la información a tener en cuenta a la hora de realizar tareas de poda de arbolado público, el cual comprende especies arbóreas y arbustivas instaladas en lugares del área urbana o rural, sitas en el ejido del Municipio y que están destinadas al uso público, sin tener en cuenta quién y cuándo las hubieren implantado (Ley Provincial Nº 12276)
Es importante tener en cuenta:
– Se poda solo cuando es necesario, para despejar tránsito, luminarias, cables, techos y fachadas.
– La poda realizada por particulares sin el asesoramiento y/o la correspondiente autorización, se encuentra prohibida.
– El podador deberá estar autorizado por el Municipio para realizar dicha tarea.
– Si el vecino considera que el árbol en la vereda necesita poda, deberá informarlo en la Subsecretaría de Espacio Público, explicando los motivos del reclamo, detallando la especie a inspeccionar y los datos del interesado, nombre, apellido, dirección y un teléfono de contacto.
Cualquier intervención que se realice sobre el árbol, sin previa autorización, puede ser penalizada.
Esta información se rige de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 3047/18 (https://lasflores.gob.ar/boletinoficial/ordenanzas/) y siguiendo los lineamientos de la Ley Provincial de Arbolado Público, Ley Nº 12.276 https://normas.gba.gob.ar/documentos/BE3mLIQ0.html
La oficina de recepción de los reclamos de arbolado público funciona en el espacio correspondiente al Jardín Botánico, en Av. Pte. Perón y Pueyrredón, de lunes a viernes, en el horario de 8 a 13 horas, por teléfono al 2241 – 470857 o a través del correo electrónico jardinbotanico@lasflores.gob.ar
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