El Tribunal Oral en lo Criminal 4 los consideró coautores de secuestro coactivo agravado por resultar la muerte como consecuencia no querida de los autores. En tanto, Juan Bazán, que había sido imputado por el delito de encubrimiento, resultó absuelto.
Germán Caldas y Darío Repetto fueron condenados a 15 años de prisión, luego de ser juzgados por el delito de secuestro extorsivo seguido de muerte sobre Nicolás Saurel, acontecido en febrero del año 2014. Otro de los acusados, Juan Bazán, imputado en su momento por encubrimiento agravado, fue absuelto.
Tanto Caldas como Repetto recibieron exactamente la misma condena al considerarlo coautores de secuestro coactivo agravado por resultar la muerte como consecuencia no querida por los autores. Según la fiscalía, la víctima fue capturada por ambos sujetos para que devolviera el dinero que había sustraído de un local en el que estaban realizando tareas de albañilería. Los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal 4 dieron por probado que Caldas y Repetto aprovecharon la realización de confianza con la víctima, se encontraron y lo trasladaron en un automívl Chevrolet Astra.
Ayelén Martínez -pareja de Saurel- recibió dos llamados telefónicos en los que le dijeron que tenían al joven en un auto hasta que devolviera el dinero sustraído. Según las pericias de la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI), ambos llamados utilizaron una antena ubicada en cercanías del bosque Peralta Ramos y el primero fue realizado por Caldas. En su testimonial, Martínez brindó un dato fundamental que recibió de una persona a la que Caldas le confesó que la situación se les “había ido la mano” y que habían procedido a enterrar el cuerpo.
Los distintos rastrillajes realizados en la zona del bosque Peralta Ramos no permitieron hallar nunca el cadáver. En la sentencia -cuya lectura tomó una hora y media- los jueces Gustavo Fissore, Alfredo De Leonardis y Jorge Peralta coincidieron en que el resultado de la muerte fueron los golpes que le dieron a Saurel, pero que la muerte no había sido buscada. En contraposición a las posiciones defensistas, los magistrados sostuvieron que «no admisible que Saurel haya regresado a su ciudad de origen y que nadie se haya enterado».
Tras rechazar cuestiones eximientes y considerar como atenuantes la falta de antecedentes y el buen concepto de ambos, el Tribunal consideró como agravante la trama diseñada para ganar la confianza de la víctima y poder reducirlo. Al considerar que retuvieron a Saurel para recuperar el dinero sustraído, los jueces condenaron a Caldas y Repetto a quince años de prisión como coautores penalmente responsables del delito de secuestro coactivo agravado por resultar la muerte como consecuencia no querida de los autores.
Fuente: www.0223.com.ar
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